Serie Contrato de suministro - Diez posts para Juristas
Es fundamental la correcta determinación de qué debe entregarse y en qué cantidad. El objeto contractual debe ser suficientemente determinado o determinable.
En el suministro comercial, sin embargo, la determinación presenta una particularidad, pues muchas veces las cantidades concretas no están fijadas al momento de firmar el contrato. No se trata de que el objeto sea indeterminado sino de que puede existir un mecanismo contractual de determinación posterior mediante pedidos, órdenes de compra, previsiones, cronogramas, mínimos, máximos o fórmulas objetivas.Muchas veces los contratos de suministros tienen por objeto materias prima clave para la producción de una empresa, de manera que es sumamente importante la organización empresarial en torno a este tema.
Una modalidad frecuente consiste en celebrar un contrato marco y establecer que las cantidades concretas surgirán de órdenes de compra periódicas. En ese caso, conviene establecer claramente cuándo una orden de compra queda perfeccionada, si el proveedor puede rechazarla y dentro de qué parámetros.
También debe distinguirse entre una previsión de consumo y una obligación de compra.
Una empresa puede informar al proveedor que estima consumir 10.000 unidades mensuales. Esa previsión no necesariamente equivale a una obligación de adquirir 10.000 unidades. Si esa diferencia no queda expresamente establecida, aparecerá posteriormente una discusión contractual.
El contrato debería determinar respecto de este punto, según corresponda, aspectos como los siguientes:
a cantidad mínima mensual, trimestral o anual;
b cantidad máxima que el proveedor está obligado a atender;
c tolerancias de volumen;
d anticipación de los pedidos;
e mecanismos de modificación o cancelación;
f stock mínimo de seguridad;
g previsiones de demanda;
h tratamiento de los pedidos extraordinarios;
i tratamiento de las órdenes urgentes.
Puede pactarse, por ejemplo, que determinadas previsiones sean meramente informativas, mientras que otras - formuladas dentro de determinados plazos - sean vinculantes. También es conveniente establecer qué sucede cuando el comprador solicita cantidades superiores a las previstas.
Otro aspecto clave es la identificación de los productos. No basta siempre con indicar "productos de la marca X". Puede resultar necesario incorporar especificaciones técnicas, códigos internos, unidades de medida, presentación, composición, tolerancias, normas técnicas, certificaciones o anexos técnicos.
En suministros industriales, además, conviene prever un procedimiento de modificación de especificaciones en atención a los rápidos cambios tecnológicos. Si el comprador cambia un diseño, una formulación o un componente, puede ser necesario modificar costos, tiempos de producción y cantidades mínimas.
El contrato debe prever también la relación entre el documento principal y las órdenes de compra posteriores.
TIP: No se puede poner "el proveedor suministrará periódicamente las cantidades que solicite el comprador" sin más. Hay que agregar un mecanismo de determinación. En materia de suministro, la flexibilidad comercial debe ser acompañada por reglas jurídicas claras de determinación.
Imagen: Personajes de la Ópera de Pekin.
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