Serie: Due Diligence - Diez posts para juristas
La Due Diligence legal propiamente dicha se estructura, habitualmente, en torno a un conjunto de bloques o temas que conviene tener presente al diseñar cualquier checklist.
El primero es el societario, que abarca la revisión de la constitución de la sociedad, la cadena de titularidad accionaria, actas de asamblea y directorio, poderes vigentes, y la verificación de que no existan restricciones estatutarias o pactos de accionistas que condicionen la operación proyectada.
El segundo bloque es el contractual, que implica relevar los contratos relevantes de la sociedad - con clientes, proveedores, financiadores, arrendadores - prestando especial atención a las cláusulas de cambio de control (change of control), que pueden facultar a la contraparte a rescindir el vínculo o exigir su consentimiento previo ante una operación de adquisición o fusión.
El tercer bloque comprende los activos, tanto materiales como inmateriales, incluyendo la verificación de la titularidad registral de inmuebles, la existencia de gravámenes, y la situación de la propiedad intelectual e industrial de la compañía.
El cuarto bloque abarca el litigioso y regulatorio, analizando procesos judiciales y administrativos en curso o anunciados, cumplimiento de licencias y autorizaciones sectoriales, y exposición a sanciones regulatorias.
El quinto bloque es el de compliance, que incluye la verificación de programas de prevención de lavado de activos, anticorrupción y protección de datos personales, así como la existencia de canales de denuncia y políticas internas efectivamente implementadas - no meramente formales - . La calidad de una Due Diligence legal se mide, en definitiva, por su capacidad de anticipar no solo lo que consta en los documentos, sino los riesgos que razonablemente se desprenden de lo que en ellos falta o se encuentra ausente.
La diversidad de los ítems a considerar es tanta como la de las actividades que realicen las empresas involucradas en la operación. Sin perjuicio de las particularidades específicas, es verdad que cada vez es más frecuente el detalle en temas ESG, horizontales a todos estos bloques de análisis, e incluso referidos con cuestiones de imagen o de género.
Imagen: Bernard Sleigh’s Anciente Mappe of Fairyland (ca. 1920)
https://publicdomainreview.org/collection/an-anciente-mappe-of-fairyland/

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