Algunos
comentarios del origen de la protección por propiedad intelectual de
las creaciones de la Moda, especialmente en Francia.
Hoy
parece muy claro, a la vista de la creatividad, inversión y
desarrollo comercial de la industria de la moda, que en cualquier
caso que tengan lugar las condiciones legales se pueden proteger los
productos o servicios del mundo de la Moda por la Propiedad
Intelectual. Sin embargo, ello no se apreció claramente en todos los
países hasta entrado el siglo XX.
Durante
el siglo XIX estuvieron fuera de todo tipo de protección (ALLART –
CARTERON, “La
Mode devant les tribunaux ; législation et jurisprudence”,
París: L.Tenin, 1914, pag. 3, en el mismo sentido PIAT, Colette, “La
Protection des créations dans le domaine de la couture et de la
mode”,
Paris
: Librairie du Journal des Notaires et des Avocats, 1959,
pág. 20). En Francia existían tanto leyes de derechos de autor,
como de diseño industrial... no es porque no hubiera base legal de
protección de la creación intelectual posible. En el siglo XIX
fueron las siguientes Leyes: Ley de derechos de autor de 19-24 julio
de 1793 y Ley de protección de dibujos y diseños industriales de 18
de marzo de 1806.
Con
el tiempo, el debate tuvo lugar muy particularmente en Francia, dado
el nivel histórico de producción en el tema, y repercutió en
distintos mercados.
Por
un lado, las creaciones que hoy se denominan “de la moda” no
fueron miradas como objetos de protección inicialmente. Durante
mucho tiempo la jurisprudencia francesa descartó la aplicación de
normas de protección a los creadores de productos de la moda, no
reconociendo la relevancia del mérito que podían presentar al
efecto y, además probablemente bajo la influencia del pensamiento
difundido en la época en cuanto a que podía así obstaculizarse el
desarrollo de tal industria (ROUBIER, Paul, t. II, “Le droit de la
propriété industrielle”, Paris:
Éditions du Recueil Sirey, 1954, pág. 425).
Otros
autores entendían que la razón principal para excluir a la moda de
la protección era que se trataba de una manifestación creativa
esencialmente pasajera, “hecha para el capricho de un día” (!)
que no tiene en sí nada de estable ni durable. “Es efímera como
la fantasía que la ha creado y como el capricho que la ha adoptado”,
explicaban presentando el argumento (ALLART – CARTERON, “La
Mode...”, cit., pag. 4).
Es
recién a partir de la década de los sesenta del siglo XIX (bajo el
Segundo Imperio) que las creaciones de alta costura o “alta moda”
se desarrollaron de tal manera, que se comenzó a considerar
seriamente su necesidad de protección (ROUBIER, t. II, “Le
droit...”, pág. 426), aunque no cristalizó la definición
efectiva de protección legal aplicando las normas de la propiedad
intelectual. En el siglo XIX – a principios y al final – en todo
lo largo hubo unas pocas sentencias que las consideraron protegibles,
que tenían lugar cuando la “nueva” forma daba ventajas de
economía o comodidad. Esta posición fue criticada por la doctrina,
en el sentido de que el empleo de un nuevo medio o de una nueva
máquina no es suficiente para crear la novedad, especialmente en los
productos de la indumentaria de moda. (GREFFE, Pierre, GREFFE, Pierre
Baptiste, “Traité
des dessins et des modèles : France, Union européenne, Suisse”,
París: Litec, 7° ed., pág. 249). De todas maneras, la
jurisprudencia mayoritaria las consideraba excluídas (PIAT, “La
protection...”, cit., pág. 20).
Es
evidente que la noción de imitación en materia de moda es
esencialmente cambiante y que se está obligado a tener en cuenta un
margen normal de imitación, más bien de “emular a modo de
inspiración”: no podría ser de otra manera, sin arruinar a las
industrias que se quiere proteger, reprimir toda inspiración o
semejanza. Sin embargo, es igualmente claro que la imitación servil
es un peligro no menos grave (PIAT, “La protection...”, cit.,
pág. 111).
La
situación comenzó a cambiar definitivamente en las primeras décadas
de iniciado el siglo XX.
La
importancia de una tutela jurídica para las creaciones de moda, por
su carácter efímero particularmente expuestas a rápidas e
indebidas utilizaciones con grave daño tanto de los artistas
creadores como de la industria, que invierte en la moda capitales
cada vez más importantes, se tornó evidente (ALGARDI, Zara, “Tutela
giuridica delle creazioni di moda”, Milano: Giuffré,
1977, pág. 11).
La
protección, siempre en torno a la posibilidad de recurrir al derecho
de autor y al sistema de dibujos industriales, fue haciéndose cada
vez más frecuente.
La
protección de creaciones de la moda a través del derecho de autor
tiene sus particularidades, debido a diversos factores como la
necesidad o el interés de inspirarse en elgusto del momento, de
seguir la moda, ese uso pasajero que regula la forma de vestirse y
que impone necesariamente un número restringido de modelos. En
general, el núcleo de lo protegibles surgirá de los detalles
secundarios de la creaciones (GREFFE – GREFFE, “Traité des...”,
cit., pág 246. Citan Jurisprudencia: Cour de París, 18 julio 1934,
en este sentido. También Court de Lyon 23 diciembre 1954).
En
Francia, en 1952 se aprobó una ley específica para las creaciones
de la moda. Se trata de la ley 52-300 de 12 de marzo de 1952,
“réprimant la contrefaçon des créations des industries
saisonnières de l'habillement et de la parure”. No agrega un tipo
nuevo de protección, sino un plazo de protección de las obras
específicamente protegidas respecto de la piratería por un plazo de
40 años, posibilitando la defensa a través de una “saisie
expéditif” o incautación rápida. Fue polémica la aplicación de
esta disposición, restringida en cuanto a las obras protegidas (ropa
y su apariencia), y protegía también la “parure” o apariencia.
Se circunscribía la posibilidad de protección a que efectivamente
estuviera vigente como moda. De alguna manera, entiendo que quería
rescatar o afirmar algunas notas correspondientes a la protección de
diseños industriales de la época, trasladándolas expresamente a
las creaciones de la moda, para protegir la industria de la
piratería.
(Se
la puede ver en la Base de legislación de la OMPI:
https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/fr/fr/fr461fr.pdf)
Esta
norma se derogó, dando paso en Francia a la ley de derechos de autor
de 1957 que expresamente admitió la acumulación de protección
entre derecho de autor y diseños o dibujos industriales. Más
adelante, este camino quedó zanjado a su vez con la aprobación del
Código de la Propiedad Intelectual.
(En este link se lo puede
encontrar, incluso traducido al español:
https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/fr/fr467es.pdf)
En
este cuerpo normativo hay una referencia expresa al alcance de las
referencias al mundo de la moda en el numeral 14 del artículo 112-2.
Es la siguiente:
“Artículo
L112-2 (Ley nº 94-361 de 10 de mayo de 1994 art. 1 Diario Oficial de
11 de mayo de 1994) Se consideran especialmente obras del intelecto
humano en el sentido del presente Código: (...)
14°
Las creaciones de las industrias de temporada de la confección y de
la fabricación de joyas y aderezos personales. Se considerarán
industrias de temporada de la confección y de la fabricación de
aderezos personales, las industrias que por exigencias de la moda,
renuevan con frecuencia la forma de sus productos y, especialmente,
la fabricación de prendas de vestir, la peletería, la lencería, el
bordado, la moda, el calzado, la guantería, la marroquinería, la
fabricación de tejidos de gran novedad o especiales para la alta
costura, la producción de joyas y calzado a medida, así como las
fabricaciones de tejidos para la decoración de interiores.”
Sin
duda la preocupación por incluir esta norma se sustenta en dejar
claros debates precedentes al respecto.
Actualmente
en el derecho europeo en general, diría en el Derecho Comparado en
general, no hay dudas respecto de la posibilidad de protección de
las creaciones de la Moda por los institutos de la Propiedad
Intelectual, en tando cumpla la creación que se trate con los
requisitos legales de cada régimen institucional.
De
manera que, según el caso se podrá protegar por:
1
Derecho de Autor, diría por mi parte que es la protección
prevalente, a la cual más se recurre por un múltiplo de razones;
2
Diseño industrial, muy específica también, pero no siempre tan
frecuente dado que requiere trámites y costos que no son necesarios
para alcanzar la protección autoralista;
3
Marca, eventualmente, no siempre aplicable al caso ni elegida, pero
indudablemente posible.
Comentario
de CASO.
Para
terminar este comentario, dejo el relato de uno de los casos
franceses históricos más comentados como juicio en torno a
propiedad intelectual y Moda. Se lo puede leer en la European
Intellectual Property Review de 1994 (EIPR [1994] D-196-198).
Se
trata del litigio: “Yves Saint Laurent et al v. Ralph Lauren et al.
Tribunal de Commerce de París, 18/mayo/1994”.
Yves
Saint Laurent, en adelante YSL, en 1970 YSL creó un “long black
tuxedo evening dress”, un vestido esmoquin, largo, de fiesta,
negro. Este diseño caracterizó a la firma como un éxito durante
varios años. En 1992 YSL al confeccionar su colección de Invierno,
lo relanza y la subsidiaria Diffusion Rive Gauche (YSL Diffusion)
preparó el lanzamiento en versión corta de verano.
El
mismo año de 1992, en diciembre, YSL ve que Polo Ralph Laurent, en
adelante RL, está vendiendo un vestido singularmente similar, tal
como surge de una fotografía en “Jours de France Madame”
magazine.
Indignado
con esto YSL inicia juicio y obtiene medida cautelar para frenar la
venta de RL, a quien le inicia acción por infracción a sus derechos
de autor y por competencia desleal. La Sentencia, en definitiva,
condena a RL a pagar 2.2 millones de Ffr. Cabe destacar que en el
juicio RL no presentó ningún dibujo o ensayos de atelier, de
taller.
Cabe
comentar respecto del desenlace, que RL “reconvencionó” por
injurias por una entrevista que le habían hecho a Bergé en abril de
1994 (jefe de operaciones de costura de la empresa YSL), en “Women's
Wear Daily” donde había tratado deshonrosamente a Ralph Laurent
(le dijo ladrón...).- Esto le sirvió para bajar en medio millón de
francos la condena.
LINKS
sobre el litigio:
https://www.nytimes.com/1994/05/19/business/company-news-a-ruling-by-french-court-finds-copyright-in-a-design.html
https://apnews.com/article/99acc3c9a20846e0251549d459f008ed
https://wwd.com/fashion-news/fashion-features/ralph-cries-foul-in-ysl-copycat-suit-1158305/