1
Introducción
Una
empresa no vale solamente por sus inmuebles, sus instalaciones, sus
existencias o sus recursos financieros. Hace décadas que eso se
sabe. Según el caso, una parte sustancial de su valor, o al menos
algunos valores, pueden encontrarse en bienes que no consisten en un
soporte físico, pero que igualmente inciden directamente en su
capacidad de generar ingresos, diferenciarse de sus competidores,
mantener clientes y desarrollar nuevos negocios.
Una
marca reconocida, una patente, un programa informático, una base de
conocimientos protegida, los derechos de explotación de una obra o
un diseño industrial pueden constituir componentes relevantes del
patrimonio empresarial.
Reconocer
la importancia económica de estos bienes no equivale a determinar su
valor. Para que un activo intangible pueda integrarse de manera
consistente a la evaluación patrimonial de una empresa, es
necesario:
a
identificarlo;
b
establecer quién tiene derechos sobre él;
c
determinar su situación jurídica y comercial;
d
estimar su capacidad de producir beneficios; y
e
aplicar una metodología de valoración adecuada a su naturaleza y
finalidad.
El
valor económico de un intangible no depende exclusivamente de su
calidad técnica, de la creatividad que expresa o de los recursos
invertidos en su desarrollo. Depende también de una serie de
factores tales como las posibilidades reales de explotación, de la
duración de su ventaja competitiva, de los riesgos jurídicos y
comerciales que lo afectan y de la existencia de interesados
dispuestos a pagar por adquirirlo, utilizarlo o financiar una
actividad que lo tenga como soporte.
La
cuestión adquiere especial relevancia cuando se pretende utilizar
estos bienes para obtener financiación. Si una empresa puede
demostrar que determinados activos de propiedad intelectual tienen un
valor razonablemente estimable, pertenecen efectivamente a su
patrimonio y pueden generar ingresos o ser objeto de realización en
caso de incumplimiento, esos activos pueden mejorar la información
disponible para una entidad financiera y, cuando el ordenamiento
jurídico lo permita, servir de soporte para una garantía.
También
importa desde la perspectiva de la valoración integral de la
empresa. Una cartera de intangibles debidamente identificada y
valorada permite comprender mejor las fuentes de su rentabilidad, sus
ventajas competitivas y sus posibilidades de crecimiento. No se trata
de añadir cifras artificiales a un balance, sino de representar con
mayor fidelidad los recursos que explican la capacidad económica de
la organización.
El
desafío consiste, por tanto, en articular tres dimensiones
diferentes:
a
jurídica, que determina la existencia, titularidad y disponibilidad
del derecho;
b
económica, que estima los beneficios atribuibles al activo; y
c
financiera, que examina si ese valor puede respaldar una operación
de crédito y en qué condiciones.
2
Bienes que integran la cartera de intangibles de propiedad
intelectual
La
primera tarea consiste en identificar los activos que realmente
existen en la empresa y que pueden ser objeto de valoración. La
expresión “cartera de intangibles de propiedad intelectual” o
“cartera de propiedad intelectual” no debe utilizarse como una
etiqueta genérica para todo aquello que la organización considera
valioso. Es necesario distinguir los derechos de propiedad
intelectual en sentido estricto, otros activos intangibles y el valor
económico general del negocio.
Entre
los activos de propiedad intelectual susceptibles de valoración se
encuentran;
a
las marcas y otros signos distintivos;
b
las patentes de invención;
c
los modelos de utilidad;
d
los diseños industriales;
e
los derechos de autor sobre programas informáticos, obras técnicas,
contenidos, diseños y materiales de comunicación;
f
los derechos sobre obras audiovisuales y musicales; y
g
las licencias que habilitan a explotar determinados bienes.
También
pueden resultar relevantes los derechos contractuales de
distribución, comercialización o explotación vinculados a estos
activos, aunque su naturaleza jurídica no sea la de un derecho de
propiedad intelectual.
A
ello se suma el know-how, es decir, el conocimiento técnico,
comercial u organizativo que permite desarrollar una actividad con
determinadas ventajas. Se trata de un conocimiento secreto. Su
valoración exige una cautela especial: no todo conocimiento
acumulado por una empresa constituye un activo autónomo susceptible
de transferencia. Para que pueda reconocerse como un recurso
económico identificable, deben examinarse, entre otros aspectos, su
contenido, su utilidad, las medidas adoptadas para preservar su
confidencialidad, la posibilidad de transmitirlo y las condiciones
contractuales que regulan su utilización.
La
existencia de derechos formalmente protegidos facilita su
identificación, pero no garantiza por sí sola un valor económico
positivo. Una patente puede estar vigente y carecer de interés
comercial. Una marca puede encontrarse registrada, pero no tener
demanda el producto o servicio que la distingue. Un programa
informático puede ser técnicamente sofisticado y haber quedado
obsoleto. En sentido inverso, un activo puede poseer una relevancia
económica considerable y, sin embargo, presentar dificultades de
valoración porque los ingresos que produce no se encuentran
separados de los del conjunto de la empresa.
Por
ello, conviene comenzar por un inventario que individualice cada
activo, indique su titular, describa su estado jurídico, identifique
los contratos que lo afectan, registre su utilización comercial y
determine si existen ingresos o ahorros atribuibles a él. Este
inventario debería incorporar también los plazos de vigencia, los
territorios de protección, las renovaciones necesarias, los litigios
y las cargas o licencias existentes.
La
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, en adelante
también OMPI, destaca que la valoración exige identificar el activo
y disponer de evidencias de su existencia, así como examinar la
posibilidad de hacer valer y transferir los derechos y de distinguir
sus ingresos de los correspondientes a otros recursos empresariales
(Organización Mundial de la Propiedad Intelectual [OMPI], s. f.-a).
Hay
una consecuencia práctica importante: la empresa debería
administrar sus intangibles con criterios semejantes a los que emplea
para sus demás recursos estratégicos. No basta con conservar
certificados de registro o contratos en archivos separados, que hay
que hacerlo. Es necesario saber qué derechos posee, cuáles utiliza,
cuáles puede licenciar, cuáles generan ingresos, cuáles requieren
inversiones adicionales y cuáles han dejado de justificar sus costos
de mantenimiento.
3
Valor económico, valor contable y valor como garantía, tres
conceptos diferentes
Uno
de los errores más frecuentes consiste en suponer que un único
importe puede representar adecuadamente todas las dimensiones
económicas de un activo intangible.
El
valor económico es una estimación de los beneficios que el activo
puede proporcionar, considerada desde una perspectiva y bajo
determinadas hipótesis.
El
valor contable es el importe que corresponde reconocer o mantener en
los estados financieros conforme al marco contable aplicable.
El
valor como garantía, por su parte, debe considerar cuánto podría
recuperar efectivamente un acreedor si tuviera que ejecutar la
garantía ante un incumplimiento.
Los
tres valores pueden coincidir parcialmente, pero no existe razón
para que sean idénticos.
Una
marca puede generar beneficios importantes y contribuir
sustancialmente a la rentabilidad de una empresa, pero no
necesariamente figurar en el balance por un importe equivalente. Las
normas contables establecen condiciones específicas para reconocer
los activos intangibles. En particular, la Norma Internacional de
Contabilidad 38 (NIC 38) impide reconocer como activos determinados
intangibles generados internamente, entre ellos las marcas
desarrolladas por la propia empresa, debido a las dificultades para
separar sus costos de los correspondientes al desarrollo general del
negocio. Esa limitación contable no significa que la marca carezca
de valor económico (International Accounting Standards Board [IASB],
2022; Ministerio de Economía y Finanzas [MEF], s. f.).
La
diferencia resulta igualmente importante al analizar una solicitud de
crédito. Una entidad financiera – siempre tan reticentes en este
tipo de consideraciones - no debería limitarse a preguntar cuánto
vale una patente o una marca en condiciones normales de explotación.
También necesita conocer si podría transferirla, licenciarla o
venderla, cuánto tiempo demandaría ese proceso, qué costos
implicaría y qué interesados podrían adquirirla. La pérdida de
los recursos humanos, de los canales comerciales o de la
infraestructura necesarios para utilizar un activo puede reducir
considerablemente su valor de recuperación.
Por
eso, un informe de valoración destinado a una operación de
financiación debe declarar expresamente su finalidad. Una valoración
preparada para orientar una decisión de inversión no es
necesariamente adecuada para establecer una garantía. Tampoco debe
confundirse el valor de una empresa en funcionamiento con el valor de
realización aislada de sus intangibles.
4
Principales métodos de valoración
La
práctica internacional reconoce tres enfoques fundamentales: el de
los ingresos, el de mercado y el de costos. La elección depende de
la naturaleza del activo, su grado de madurez, la información
disponible, el sector económico y la finalidad de la estimación. La
OMPI recomienda comprender las ventajas y limitaciones de cada
enfoque y, cuando corresponda, contrastar los resultados obtenidos
mediante más de uno (OMPI, 2025).
4
. 1 El enfoque de los ingresos
Este
método estima el valor presente de los beneficios económicos
futuros atribuibles al activo. Es especialmente útil cuando existen
antecedentes comerciales, contratos, licencias o proyecciones
razonablemente fundamentadas.
En
términos generales, se proyectan los flujos de caja atribuibles al
intangible durante su vida económica, se consideran las inversiones
y los gastos necesarios para obtenerlos y se descuentan los
resultados futuros mediante una tasa que refleje los riesgos
pertinentes.
Una
variante conocida es el método de ahorro de regalías (relief from
royalty). Consiste en estimar cuánto debería pagar la empresa por
utilizar el activo si no fuera su titular y tuviera que obtener una
licencia de un tercero. El ahorro hipotético de regalías, ajustado
por los factores pertinentes y descontado a valor presente,
proporciona una referencia de su valor económico.
Este
procedimiento puede resultar apropiado para marcas, patentes y
programas informáticos cuando existen referencias razonables de
regalías comparables y puede justificarse una tasa aplicable al
activo concreto. No basta, sin embargo, con seleccionar un porcentaje
habitual del sector, deben considerarse factores tales como: la
exclusividad, el territorio, la duración, las obligaciones
contractuales, la fuerza comercial del activo y las condiciones de
las licencias comparadas.
Otra
posibilidad es estimar los ingresos adicionales o los costos evitados
que derivan del activo. Por ejemplo, una tecnología protegida podría
permitir producir con menor costo, mientras que una marca podría
sostener una prima de precio o reducir la necesidad de ciertas
inversiones comerciales. En ambos casos, el análisis debe evitar
atribuir al intangible beneficios que en realidad proceden de otros
recursos, como la calidad de la gestión, la red de distribución, el
capital físico o la reputación general de la empresa. No es fácil
esta distinción.
El
enfoque de los ingresos suele ofrecer información especialmente útil
para la financiación, porque conecta la valoración con la capacidad
de generar recursos. Su principal debilidad es que depende de
hipótesis sobre ventas, márgenes, duración de la ventaja
competitiva, competencia, obsolescencia y riesgo. Un cálculo
técnicamente correcto puede producir una estimación poco fiable si
sus proyecciones carecen de sustento comercial (OMPI, 2025).
4
. 2 . El enfoque de mercado
El
método de mercado busca establecer el valor mediante la comparación
con operaciones realizadas sobre activos similares. Puede considerar
ventas, cesiones, licencias u otras transacciones que aporten
referencias pertinentes.
Su
principal ventaja es que aproxima la estimación a las condiciones
observadas en el mercado. No obstante, exige comprobar que las
operaciones comparadas sean efectivamente comparables. Una licencia
exclusiva mundial no es equivalente a una licencia no exclusiva
limitada a un país; tampoco lo son una patente en fase inicial y una
tecnología comercialmente probada.
Este
método es particularmente complejo en el caso de activos de la
propiedad intelectual. En general, las operaciones no son públicas o
sus condiciones económicas están ligadas a acuerdos más amplios
que incluyen el activo de propiedad intelectual como un bien más
(adquisiciones de empresas o de estalecimientos comerciales). Los
importes divulgados pueden omitir pagos variables, regalías futuras,
obligaciones de inversión o contraprestaciones no monetarias. Por
tanto, los datos deben depurarse antes de utilizarlos como referencia
y no es tan sencilla su delimitación.
En
mercados donde existen transacciones suficientes y transparentes,
este enfoque puede aportar evidencia sólida. En otros, la ausencia
de comparables obliga a otorgarle un peso menor y a contrastarlo con
los métodos de ingresos o costos.
4
. 3 . El enfoque de costos
El
método de costos estima cuánto costaría reproducir o reemplazar el
activo por otro que proporcione una utilidad equivalente,
considerando las circunstancias pertinentes.
Puede
resultar útil para programas informáticos, documentación técnica,
determinados diseños, bases de datos y desarrollos cuyo proceso de
creación pueda reconstruirse con información fiable. Para
aplicarlo, es necesario distinguir los costos efectivamente
incurridos de los costos actuales de reposición, así como
considerar la obsolescencia técnica y económica.
Su
principal limitación es que el esfuerzo invertido no determina el
valor de mercado. Una empresa puede haber gastado sumas importantes
en una tecnología que no encuentra demanda, mientras que una
solución desarrollada con recursos relativamente modestos puede
adquirir un valor elevado por su utilidad o por las condiciones del
mercado.
El
enfoque de costos suele ser más convincente como referencia
complementaria o para activos cuyo valor depende estrechamente del
costo de sustitución. No debería emplearse automáticamente como
medida del valor de una marca, de una patente exitosa o de cualquier
otro activo cuyo atractivo resida en los beneficios futuros que puede
generar (OMPI, 2025; Canadian Intellectual Property Office [CIPO], s.
f.).
4
. 4 . La conveniencia de contrastar métodos
La
calidad de una valoración no se mide por la complejidad matemática
del procedimiento, sino por la coherencia entre el método elegido,
la información utilizada y la finalidad perseguida.
Cuando
la información lo permite, conviene contrastar más de un enfoque.
Si el método de ingresos arroja un valor muy superior al de mercado,
la diferencia puede reflejar una ventaja competitiva singular, pero
también proyecciones demasiado optimistas o comparables inadecuados.
Si el costo de reposición es alto y los ingresos previsibles son
bajos, puede existir una inversión difícil de recuperar.
El
informe debería explicar estas diferencias, justificar las hipótesis
adoptadas y, cuando la incertidumbre sea considerable, presentar un
rango de valores en lugar de una cifra aparentemente exacta. Una
estimación de valor es una conclusión condicionada por datos,
hipótesis y riesgos; no una propiedad matemática invariable del
activo.
5
La utilización de los activos de propiedad intelectual como garantía
de préstamos
La
posibilidad de utilizar activos de propiedad intelectual para obtener
financiación – algo lógico en torno a cualquier bien del
patrimonio del empresario - modifica la manera en que una empresa
puede administrar sus recursos. Tradicionalmente, el crédito
empresarial se ha apoyado en inmuebles, maquinaria, vehículos,
inventarios y otros bienes cuya existencia, titularidad y valor de
realización resultan relativamente fáciles de comprobar. En cambio,
las empresas intensivas en conocimiento pueden tener una proporción
significativa de su valor en tecnología, software, marcas, derechos
de explotación y otros activos intangibles.
La
OMPI reconoce que estos activos pueden contribuir al acceso a la
financiación y que las entidades financieras pueden considerarlos
como garantías, aunque esta práctica no está generalizada. Para
que el mecanismo resulte viable, no basta con demostrar que el activo
es importante para el negocio. También debe existir una estructura
jurídica que permita constituir y hacer valer la garantía, así
como una valoración suficientemente fundamentada y una perspectiva
razonable de recuperación (OMPI, s. f.-b).
¿Como
está la situación en Uruguay actualmente en este punto?
En
Uruguay existe una base normativa relevante al respecto. La Ley N.º
17.228, de 7 de enero de 2000, sobre prenda sin desplazamiento,
dispone en su artículo 3 que puede ser objeto de esta garantía todo
bien o derecho concretamente identificable y menciona expresamente
los derechos de propiedad intelectual y otros bienes incorporales,
incluidos los créditos. El artículo 7 establece, además, que las
prendas reguladas por la ley deben constar por escrito y que no son
oponibles a terceros sino a partir de su inscripción registral
(Uruguay, 2000).
Esta
previsión constituye un punto de partida importante. El ordenamiento
uruguayo contempla expresamente la posibilidad de afectar derechos de
propiedad intelectual mediante una prenda sin desplazamiento. Incluso
no se trata de algo novedoso en nuestra legislación sobre esta
temática, pues en la derogada ley de prenda industrial se enumeraba
entre los bienes integrantes del activo prendado a la propiedad
industrial. Por supuesto que la aplicación de la legislación a un
activo concreto exige examinar:
a
la titularidad;
b
la identificación precisa del derecho;
c
las formalidades y la inscripción que correspondan;
d
las limitaciones derivadas de contratos previos, licencias,
cotitularidades o normas especiales.
También
debe comprobarse la situación registral y la compatibilidad de la
operación con el régimen propio del derecho afectado.
La
posibilidad jurídica de constituir una garantía no significa que
cualquier activo sea aceptable para cualquier acreedor ni que exista
un valor mínimo de financiación asegurado por ley. El acreedor
deberá evaluar la suficiencia de la cobertura, las condiciones de
ejecución, la posibilidad de disponer del activo y la existencia de
un mercado o de flujos de ingresos que permitan recuperar el crédito.
Por
ello, una operación de financiación respaldada por propiedad
intelectual debería contemplar, al menos, cuatro cuestiones.
En
primer lugar, debe formular la identificación jurídica del activo.
Debe poder determinarse con precisión qué derecho se grava, quién
es su titular, cuál es su alcance territorial y temporal y qué
restricciones afectan su utilización o transferencia. Cuando se
trata de software, documentación técnica o conocimiento protegido
por confidencialidad, puede ser necesario describir el objeto de
manera que permita identificarlo sin revelar información sensible
innecesaria.
En
segundo lugar, debe determinar la valoración con finalidad
financiera. El informe debe estimar el valor económico del activo y
examinar su valor de recuperación en escenarios adversos. La
evaluación debe tener en cuenta los gastos de ejecución,
conservación, transferencia y comercialización, así como el tiempo
que podría transcurrir hasta obtener recursos. No sería prudente
utilizar sin ajustes el valor calculado para una explotación
comercial normal.
En
tercer lugar se debe considerar la estructura de la garantía. El
contrato debe establecer con claridad el objeto, las obligaciones
garantizadas, las condiciones de ejecución y los derechos
comprendidos. Cuando sea jurídicamente viable y esté correctamente
instrumentado, también puede resultar pertinente analizar los frutos
o ingresos derivados del activo, incluidos los créditos por
regalías, sin presumir que su cobertura queda resuelta por el solo
hecho de gravar el derecho principal.
En
cuarto lugar, debe prever términos referidos a la gestión
posterior. Una garantía sobre una patente o una marca pierde
eficacia económica si se deja vencer el derecho, se incumplen las
obligaciones de mantenimiento o se destruye su posición comercial.
El seguimiento de la vigencia, la defensa frente a infracciones, las
renovaciones y la información sobre cambios relevantes debería
formar parte de la administración de la garantía durante toda la
vida del préstamo.
En
consecuencia, la financiación respaldada por propiedad intelectual
no consiste simplemente en asignar un precio a una marca o a una
patente y entregarlo al banco. Supone construir un mecanismo que
vincule un derecho jurídicamente identificable con una estimación
económica defendible y con posibilidades reales de recuperación.
6
La cartera de intangibles como componente del valor empresarial
La
valoración individual de cada derecho es necesaria, pero no
suficiente para comprender el patrimonio intangible de una empresa.
En muchas organizaciones, los activos adquieren su mayor importancia
por la manera en que se complementan, no en sí mismos considerados.
Una
patente puede proteger una tecnología, mientras que una marca
permite diferenciar el producto de la aplicación de dicha tecnología
en el mercado. Un programa informático puede integrar el proceso de
producción y una licencia puede habilitar su comercialización en
otros territorios. El valor empresarial surge, en parte, de la
combinación de esos recursos con la organización, el personal, los
canales de distribución y las relaciones comerciales.
Por
eso, la cartera de intangibles debe examinarse tanto en sus
componentes individuales como en su funcionamiento conjunto. La
empresa necesita conocer qué activos contribuyen a los ingresos,
cuáles permiten reducir costos, cuáles protegen su posición frente
a competidores y cuáles son esenciales para mantener la continuidad
de la actividad.
El
análisis también debe evitar la doble contabilización económica.
Si el valor de una marca se estima a partir de los beneficios que
produce un negocio y, simultáneamente, esos mismos beneficios se
incluyen íntegramente en la valoración de la empresa, sumar ambos
importes puede inflar artificialmente el resultado. Una valoración
patrimonial consistente debe distinguir el valor de los activos
identificables del valor residual del negocio, teniendo en cuenta las
relaciones y sinergias entre ellos.
Esta
cuestión se relaciona con el tratamiento contable de la plusvalía o
goodwill. La NIC 38 establece que la plusvalía generada internamente
no se reconoce como activo, porque no constituye un recurso
identificable separable de otros elementos del negocio y no puede
medirse de forma fiable conforme a los criterios de la norma. Sin
embargo, ello no impide que, en una valoración de empresa, las
expectativas de crecimiento, las sinergias y otros factores
contribuyan al valor global de la organización. Lo que no
corresponde es presentarlos automáticamente como si fueran derechos
individuales de propiedad intelectual (IASB, 2022; MEF, s. f.).
Una
cartera bien administrada debería permitir responder preguntas
concretas tales como: ¿qué activos sostienen las principales líneas
de ingresos?, ¿qué derechos podrían licenciarse?, ¿qué elementos
son indispensables para la continuidad del negocio?, ¿qué activos
están expuestos a vencimiento u obsolescencia?, ¿qué derechos
presentan riesgos de titularidad o litigio?, ¿qué oportunidades
existen para aprovecharlos comercialmente?
Las
respuestas permiten mejorar la gestión y ofrecen información más
útil para accionistas, potenciales inversores, compradores,
acreedores y responsables financieros. Además, facilitan identificar
activos infrautilizados, revisar gastos de mantenimiento, negociar
licencias y priorizar inversiones.
La
valoración de los activos intangibles de la propiedad intelectual
debe integrarse a la evaluación de la empresa
La
empresa debería mantener un registro de intangibles que relacione
cada activo con su titularidad, documentación, situación
contractual, explotación comercial, ingresos atribuibles, vida
económica estimada y riesgos relevantes. Este registro puede
vincularse con la contabilidad, la planificación financiera y la
gestión de riesgos, sin confundir los criterios de administración
con los requisitos de reconocimiento contable.
Para
cada activo relevante conviene disponer de una ficha o archivo
digital de valoración que identifique la fecha, la finalidad, el
método empleado, las hipótesis principales y los resultados. Las
estimaciones deberían revisarse cuando se produzcan cambios
significativos, como la concesión o pérdida de una licencia, la
aparición de una tecnología sustitutiva, una modificación
regulatoria, la entrada de competidores o la pérdida de un mercado.
La
cartera debe entenderse como un conjunto dinámico. Un activo puede
aumentar de valor al obtenerse una autorización, celebrarse un
contrato de licencia o consolidarse una demanda comercial; también
puede perderlo por obsolescencia, vencimiento, litigios o cambios en
las preferencias de los consumidores.
La
utilidad de este sistema no reside en acumular informes, sino en
convertir la información sobre intangibles en una herramienta
habitual de dirección empresarial.
7
Factores favorables y desfavorables para la valoración empresarial
de la propiedad intelectual
La
valoración de los activos de propiedad intelectual presenta ventajas
evidentes, pero también dificultades que deben ser ponderadas de
manera explícita. Su reconocimiento económico solo resulta útil si
el procedimiento distingue entre las fortalezas reales del activo y
los factores que pueden disminuir su valor o dificultar su
utilización financiera.
Factores
a favor
De
las acciones necesarias para la valuación de la propiedad
intelectual derivan una serie de consecuencias favorables.
a
Titularidad clara y documentación suficiente. Los registros,
contratos de adquisición, cesiones, licencias y documentos que
acreditan la titularidad reducen la incertidumbre sobre la existencia
y disponibilidad del derecho.
b
Protección jurídica vigente y alcance definido. La existencia de
derechos válidos, con territorios, plazos y facultades de
explotación identificables, facilita establecer qué se está
valorando y qué puede transferirse o gravarse.
c
Ingresos comprobables. Los contratos de licencia, las regalías, las
ventas vinculadas a una tecnología y otros antecedentes verificables
permiten fundamentar proyecciones económicas.
d
Mercado identificable. La existencia de potenciales compradores,
licenciatarios o usuarios alternativos mejora las posibilidades de
contrastar el valor y estimar la recuperación en caso de ejecución.
e
Ventajas competitivas demostrables. La diferenciación comercial, la
reducción de costos, la exclusividad tecnológica o la fidelidad de
los clientes pueden sostener beneficios económicos atribuibles al
activo.
f
Vida económica razonablemente previsible. La posibilidad de estimar
cuánto tiempo se mantendrán los beneficios facilita proyectar los
ingresos y determinar el período relevante para la valoración.
g
Complementariedad con otros activos. La integración del intangible
en procesos productivos, plataformas, redes comerciales o productos
exitosos puede aumentar su contribución al valor del negocio,
siempre que se evite contabilizar dos veces los mismos beneficios.
h
Gestión empresarial profesionalizada. Los inventarios actualizados,
las auditorías periódicas y los procedimientos de seguimiento
permiten detectar riesgos, documentar decisiones y ofrecer
información más confiable a terceros.
i
Ingresos diversificados. Cuando un activo genera ingresos a través
de varias licencias, productos, territorios o segmentos de clientes,
puede reducirse la dependencia de una única fuente de rentabilidad,
aunque ello no elimina los riesgos comunes.
j
Posibilidad de explotación separada. La capacidad de licenciar,
transferir o utilizar el derecho con independencia razonable del
resto del negocio facilita establecer su valor individual y estudiar
su utilización como garantía.
Factores
en contra
Hay
circunstancias fácticas o derivadas de situaciones legales que hacen
que no se pueda proceder a la valuación o que existan diversos
factores negativos para poder concretar la valuación de los activos
de la propiedad intelectual.
a
Incertidumbre sobre la titularidad. Las cesiones no formalizadas o
incompletas, las cláusulas contractuales ambiguas, los conflictos
entre colaboradores o la falta de documentación pueden dificultar la
valoración y la constitución de garantías.
b
Ausencia de mercado transparente. La escasez de transacciones
comparables y la confidencialidad de los contratos reducen la
fiabilidad de las referencias de mercado.
c
Dependencia del conjunto empresarial. Algunos activos solo generan
beneficios cuando se combinan con personal especializado,
instalaciones, redes comerciales u otros recursos que no se
transfieren con el derecho.
d
Dificultad para separar los ingresos. Si no es posible distinguir los
beneficios atribuibles al intangible de los generados por otros
elementos del negocio, aumenta el margen de incertidumbre de la
estimación.
e
Obsolescencia tecnológica o comercial. Una innovación puede perder
utilidad ante nuevas soluciones, así como una marca puede
debilitarse y un diseño puede dejar de responder a las preferencias
del mercado.
f
Limitaciones contractuales o territoriales. Las licencias exclusivas
previas, las restricciones a la cesión, los derechos de terceros o
la cobertura territorial reducida pueden limitar la explotación y el
valor de recuperación.
g
Duración limitada o costos de mantenimiento. Los vencimientos, las
renovaciones, los gastos de defensa y las inversiones necesarias para
mantener la competitividad reducen los beneficios netos atribuibles
al activo.
h
Riesgos judiciales o regulatorios. Las impugnaciones, los litigios de
titularidad, las posibles infracciones de derechos ajenos y los
cambios normativos pueden afectar la disponibilidad o la explotación
del bien.
i
Proyecciones excesivamente optimistas. Las estimaciones basadas en
expectativas de crecimiento sin respaldo comercial pueden producir
valores que no se materialicen.
j
Dificultades de ejecución de la garantía. Aunque exista un derecho
jurídicamente gravable, la falta de compradores, el tiempo necesario
para transferirlo o la pérdida de su utilidad fuera de la empresa
pueden reducir el importe recuperable por el acreedor.
La
valuación profesional debe considerar conjuntamente ambos grupos. La
presencia de varios factores positivos no elimina los riesgos y una
debilidad no determina necesariamente que el activo carezca de valor.
Lo importante es evaluar cómo inciden en los flujos de ingresos, en
la tasa de descuento, en la vida económica estimada y en la
posibilidad de realización.
En
una operación de crédito, algunos factores merecen una ponderación
especial. La titularidad clara, la posibilidad de ejecución, la
existencia de ingresos verificables y la perspectiva de una
realización razonablemente rápida suelen ser particularmente
relevantes para el acreedor. En una decisión de inversión, en
cambio, pueden adquirir mayor peso el crecimiento potencial, las
oportunidades de expansión, la complementariedad con otros recursos
y la capacidad de generar ventajas competitivas sostenibles.
Por
ello, el informe debe explicar no solo qué factores existen, sino
también cuáles determinan efectivamente el resultado y cómo se
reflejan en el cálculo.
8
La importancia de un régimen estable de valoración de intangibles
La
valoración empresarial de la propiedad intelectual no debería
depender exclusivamente de iniciativas aisladas de cada empresa o de
la decisión ocasional de una entidad financiera de aceptar un activo
intangible como garantía. Para desarrollar un mercado de
financiación basado en estos recursos se necesita un marco estable
de identificación, valoración, documentación y revisión.
Un
régimen estable no significa establecer un precio oficial para cada
marca, patente o programa informático. Tampoco supone imponer que
todos los intangibles se contabilicen por su valor de mercado.
Significa disponer de criterios suficientemente consistentes para que
las empresas, los profesionales de la valoración, los auditores, los
inversores y los acreedores puedan comprender cómo se determinó un
importe, qué información lo sustenta, cuáles son sus limitaciones
y en qué circunstancias debe revisarse.
La
necesidad de esta coherencia es reconocida en el ámbito
internacional. La Cámara de Comercio Internacional ha destacado la
conveniencia de contar con una base común de conocimientos para los
distintos profesionales que intervienen en la valoración de activos
de propiedad intelectual, dada la concurrencia de cuestiones
jurídicas, contables, fiscales y económicas (International Chamber
of Commerce [ICC], 2019). La OMPI, por su parte, ha impulsado el
análisis de la financiación respaldada por intangibles y la
identificación de prácticas que faciliten su utilización económica
(OMPI, s. f.-a, s. f.-b).
Desde
una perspectiva empresarial y financiera, los principales efectos
positivos de un régimen estable para la valuación de los activos
intangibles de la propiedad intelectual serían los siguientes.
En
primer lugar, mejoraría la confianza en las valoraciones. La
utilización de procedimientos transparentes, la explicitación de
hipótesis y la documentación de las fuentes permitirían comparar
informes y comprender las diferencias entre estimaciones. No se
eliminaría la incertidumbre inherente a los intangibles, pero sería
más sencillo distinguir una valoración fundada de una cifra
meramente declarativa.
En
segundo lugar, facilitaría el acceso al crédito. La identificación
precisa de los activos, la disponibilidad de información sobre sus
ingresos y la utilización de criterios de valoración comprensibles
para los prestamistas podrían reducir los costos de evaluación de
las operaciones. En los casos en que el acreedor considere viable la
garantía, la mayor confianza en la información podría favorecer
condiciones de financiación más adecuadas. No se trata de asegurar
una reducción automática de las tasas de interés, sino de mejorar
los elementos con los que se evalúa el riesgo.
En
tercer lugar, contribuiría a desarrollar un mercado de operaciones
sobre intangibles. Las valoraciones comparables facilitarían las
negociaciones de licencias, cesiones, adquisiciones y acuerdos de
explotación. A medida que se dispusiera de mejores referencias de
transacciones, podría mejorar también la calidad de los métodos de
mercado y la fundamentación de las estimaciones.
En
cuarto lugar, elevaría la calidad de la información patrimonial de
las empresas. La elaboración de inventarios, la revisión de
titularidades y el seguimiento del rendimiento económico de los
derechos permitirían conocer mejor los recursos que sustentan el
negocio. Esto sería particularmente útil para empresas cuyo valor
depende en gran medida de tecnología, software, marcas, diseños u
otros activos no físicos.
En
quinto lugar, favorecería una mejor asignación de recursos. Conocer
el rendimiento de cada activo ayudaría a decidir qué derechos
mantener, cuáles licenciar, dónde invertir en investigación y
desarrollo y qué recursos podrían ser aprovechados mediante
acuerdos comerciales. La valoración dejaría de ser una actividad
reservada a operaciones extraordinarias para integrarse a la gestión
ordinaria.
En
sexto lugar, mejoraría la información para inversores y
compradores. Una cartera de intangibles documentada y evaluada
permitiría identificar con mayor precisión las fuentes de
rentabilidad, las dependencias críticas y los riesgos jurídicos o
tecnológicos. En una operación de adquisición, facilitaría la
revisión de los activos que sostienen el negocio y la negociación
del precio.
En
séptimo lugar, reforzaría la previsibilidad de las operaciones
garantizadas. La existencia de procedimientos conocidos para
identificar los derechos, documentar las cargas y revisar las
valoraciones permitiría estructurar mejor las garantías. La
previsibilidad dependería también de la eficacia de los mecanismos
registrales, de la claridad de las reglas de prioridad y de la
posibilidad efectiva de ejecutar la garantía.
En
octavo lugar, podría ampliar las alternativas de financiación de
las empresas intensivas en conocimiento. Las organizaciones que no
disponen de suficientes inmuebles o equipos para ofrecer como
respaldo podrían presentar activos intangibles económicamente
relevantes, siempre que cumplan las condiciones jurídicas y
financieras necesarias. Esto puede resultar especialmente interesante
para empresas tecnológicas, desarrolladoras de software, industrias
creativas y negocios basados en innovación.
La
ponderación conjunta de estos efectos permite sostener que un
régimen estable de valoración no solo mejoraría la medición
patrimonial: podría contribuir a desarrollar una infraestructura de
información necesaria para que los intangibles sean considerados de
manera más sistemática en las decisiones de financiación e
inversión.
Un
marco consistente podría apoyarse en varios componentes
complementarios, entre los cuales seleccionamos a continuación los
fundamentales.
Criterios
de identificación y documentación:
fichas de activos, evidencias de titularidad, información
contractual, vigencia, territorios y cargas.
Metodologías
reconocidas:
aplicación fundamentada de los enfoques de ingresos, mercado y
costos, con explicación de los motivos que justifican su elección.
Requisitos
de los informes:
identificación del valuador, finalidad, fecha, fuentes, hipótesis,
riesgos, metodología y rango de resultados cuando corresponda.
Actualización
de las valoraciones:
revisión ante cambios significativos de mercado, tecnología,
titularidad, contratos o perspectivas comerciales.
Coordinación
jurídica, contable y financiera:
distinción expresa entre el valor económico, el importe contable y
el valor prudencial para una garantía.
Seguridad
de las operaciones:
reglas claras para constituir, registrar, publicitar y ejecutar
garantías sobre derechos identificables, respetando los regímenes
particulares aplicables.
Desarrollo
de capacidades profesionales:
formación de valuadores, asesores jurídicos, contadores, analistas
de crédito y responsables empresariales.
Información
de mercado:
generación progresiva de referencias fiables sobre licencias,
cesiones y operaciones comparables, con respeto por la
confidencialidad comercial.
Estos
componentes no requieren necesariamente una única norma que regule
todos los aspectos. Pueden articularse mediante legislación,
estándares técnicos, criterios contables, prácticas profesionales
y procedimientos financieros. Lo esencial es que sean compatibles
entre sí y que las reglas aplicables a cada finalidad estén
claramente diferenciadas.
Para
Uruguay, este planteo tiene un punto de apoyo concreto en la Ley N.º
17.228, que admite la prenda sin desplazamiento sobre derechos de
propiedad intelectual y otros bienes incorporales. El desafío
consiste en desarrollar prácticas de valoración y financiación que
permitan aprovechar esa posibilidad jurídica de manera consistente,
sin confundir la admisibilidad legal del derecho con su valor
económico ni con su aceptación por parte del prestamista.
9
Metodología para la valuación
Para
llevar estos criterios a la práctica, una empresa podría organizar
el proceso en seis etapas.
a
Inventario y auditoría de activos . Identificar los derechos y demás
intangibles relevantes, documentar su titularidad, examinar
contratos, cargas, vigencia y situación jurídica.
b
Definición de la finalidad. Determinar si la valoración se destina
a la gestión interna, la presentación patrimonial, una operación
de inversión, una transmisión o la constitución de una garantía.
c
Análisis económico. Estudiar ingresos, ahorros de costos, mercado,
competidores, vida económica, inversiones necesarias y riesgos de
obsolescencia.
d
Aplicación de métodos de valoración. Seleccionar el método más
adecuado, contrastar resultados cuando sea posible y documentar las
hipótesis y los márgenes de incertidumbre.
e
Evaluación patrimonial y financiera. Incorporar los resultados al
análisis del negocio sin duplicar valores y, si se busca
financiación, estudiar la viabilidad jurídica de la garantía y su
valor de recuperación.
f
Seguimiento y actualización. Revisar periódicamente los activos,
sus rendimientos, sus riesgos y la vigencia de las valoraciones,
especialmente cuando respaldan obligaciones financieras.
La
organización de este proceso debería adaptarse al tamaño de la
empresa. Una pequeña empresa no necesita necesariamente una
infraestructura costosa de valoración permanente, pero sí puede
beneficiarse de un inventario ordenado, documentación jurídica
suficiente y estimaciones proporcionadas a la relevancia de sus
activos. Para una organización con una cartera extensa, operaciones
internacionales o financiación significativa, será razonable
recurrir a procedimientos más especializados.
El
informe final debería permitir que un tercero comprenda qué se
valoró, por qué se eligió determinada metodología, cuáles son
las fuentes de información y qué circunstancias podrían modificar
el resultado. Esa trazabilidad es tan importante como la cifra final.
10
Reflexiones conclusivas
La
valoración de los bienes de propiedad intelectual debe dejar de
concebirse exclusivamente como una tarea vinculada a la venta de una
patente, la concesión de una licencia o la resolución de un
litigio. Su utilidad es mucho más amplia, dado que permite
comprender la estructura económica de la empresa, identificar sus
recursos estratégicos, mejorar las decisiones de inversión y
ampliar las alternativas de financiación.
Para
ello, es imprescindible mantener diferenciadas tres cuestiones. La
primera es la existencia de un activo intangible jurídicamente
identificable y disponible. La segunda es su valor económico,
estimado a partir de información y metodologías defendibles. La
tercera es su aptitud para respaldar una obligación financiera, que
depende también de la constitución de la garantía, de las
posibilidades de ejecución y del importe que razonablemente podría
recuperarse.
La
distinción evita dos errores opuestos, tanto considerar que un
intangible no tiene valor porque no aparece reconocido contablemente,
como suponer que un activo económicamente valioso constituye, por
ese solo hecho, una garantía suficiente para un préstamo.
Una
cartera de intangibles bien identificada y valorada permite conocer
mejor la empresa, pero su utilidad depende de la calidad de la
información, de la consistencia de los métodos y de la
actualización de las estimaciones. El objetivo no debería ser
asignar el mayor valor posible a los activos, sino establecer un
valor razonable, explicable y adecuado a la decisión que se pretende
adoptar.
Un
régimen estable de valoración, coordinado con las normas contables
y jurídicas y acompañado por prácticas financieras apropiadas,
podría contribuir a que los derechos de propiedad intelectual se
incorporen de manera más efectiva a la gestión patrimonial y a las
decisiones de crédito. Para Uruguay, donde existe una previsión
legal expresa que permite prendar derechos de propiedad intelectual,
avanzar en esa dirección supone una oportunidad para conectar mejor
la innovación, el patrimonio empresarial y el acceso a financiación.
El
valor de los intangibles no reside únicamente en lo que representan
como derechos. Reside, sobre todo, en su capacidad de producir
beneficios económicos sostenibles y en la posibilidad de demostrar,
con información confiable, que esos beneficios pueden convertirse en
una base efectiva para las decisiones empresariales y financieras.
Referencias
consideradas para la formulación de los conceptos precedentes.
Canadian
Intellectual Property Office. (s. f.). Intellectual property
valuation. Government of Canada.
https://www.ised-isde.canada.ca/site/canadian-intellectual-property-office/en/intellectual-property-valuation
International
Accounting Standards Board. (2022). IAS 38: Intangible assets. IFRS
Foundation.
https://www.ifrs.org/content/dam/ifrs/publications/pdf-standards/english/2022/issued/part-a/ias-38-intangible-assets.pdf
International
Chamber of Commerce. (2019, 9 de julio). ICC handbook on valuation of
intellectual property assets.
https://iccwbo.org/news-publications/policies-reports/icc-handbook-valuation-intellectual-property-assets/
Ministerio
de Economía y Finanzas. (s. f.). Norma Internacional de Contabilidad
N.º 38 (NIC 38). Gobierno de Uruguay.
https://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/institucional/normativa/norma-internacional-contabilidad-38-nic-38
Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual. (2025). Intellectual property
valuation basics for technology transfer professionals.
https://www.wipo.int/publications/en/details.jsp?id=4805
Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual. (s. f.-a). Intangible assets and
IP. https://www.wipo.int/en/web/intangible-assets
Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual. (s. f.-b). Securing financing
with intellectual property assets.
https://www.wipo.int/en/web/business/securing-financing
Uruguay.
Ley N.º 17.228 de 7 de enero de 2000, Ley de prenda sin
desplazamiento. IMPO.
Fotografía: Sintra, Portugal. ©
Beatriz Bugallo, 2016