Serie PI para desarrolladores de software – Diez post de PI #BibliotecaPIAplicada
Una aplicación puede ser desde el punto de vista jurídico impecable desde la perspectiva del derecho de autor y, sin embargo, presentar problemas importantes respecto de los datos que procesa. Esto ocurre especialmente con plataformas, aplicaciones de salud, fintech, comercio electrónico, educación, recursos humanos, redes sociales y sistemas que utilizan perfiles de usuarios.
En Uruguay, la ley n.° 18.331 de protección de datos personales, reconoce la protección de los datos personales como un derecho fundamental y establece reglas sobre su tratamiento. La ley establece, como principio general, que el tratamiento es lícito cuando existe consentimiento libre, previo, expreso e informado, sin perjuicio de las excepciones legales. Además, cuando se recolectan datos personales deben proporcionarse determinadas informaciones al titular, entre ellas la finalidad del tratamiento, la existencia de la base de datos, la identidad del responsable y los derechos que puede ejercer. Para el desarrollador, esto genera una consecuencia importante, pues la estructura de software no debería diseñarse separadamente de la estructura jurídica de los datos. Esto tiene consecuencias técnicas.
Si una aplicación recoge datos que no necesita, almacena información durante más tiempo del necesario, permite accesos indiscriminados o mezcla bases de datos con finalidades distintas sin analizar previamente su legitimidad, el problema no se soluciona agregando posteriormente una cláusula de privacidad. La privacidad debe estar presente desde el diseño para que sea un desarrollo ajustado a derecho. El desarrollador debería recibir instrucciones claras sobre:
a qué datos se recogen;
b para qué se utilizan;
c quién puede acceder;
d dónde se almacenan;
e cuánto tiempo se conservan;
f con quién se comparten;
g qué medidas de seguridad se aplican;
h cómo se eliminan;
i cómo se atienden los derechos de los titulares.
La protección de datos también se conecta con la propiedad intelectual. Una base de datos puede contener información personal y, simultáneamente, presentar elementos de selección o disposición susceptibles de protección autoral. Pero los derechos sobre la estructura o sobre determinados elementos de una base de datos no significan que la empresa pueda apropiarse libremente de los datos personales contenidos en ella.
Son planos jurídicos diferentes. La empresa puede tener derechos sobre una base de datos y, al mismo tiempo, estar sometida a obligaciones respecto de las personas cuyos datos procesa.
Regla práctica
Cuando se desarrolla software que procesa datos personales, no alcanza con tener definido cómo programamos esta función, sino también qué tratamiento de datos implica esta función y bajo qué condiciones jurídicas puede realizarse.
Imagen: https://publicdomainreview.org/collection/bracelli-s-bizzarie-di-varie-figure-1624/

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