jueves, 8 de octubre de 2026

Post 5 Algoritmos, know-how y secretos empresariales, qué no conviene publicar – 5 de 10

 


Serie PI para desarrolladores de software – Diez post de PI #BibliotecaPIAplicada



No todo lo valioso de un software debería hacerse público. De hecho, en determinados proyectos, publicar demasiado puede ser desde el punto de vista jurídico contraproducente.

El código fuente puede estar protegido por derecho de autor, pero una empresa puede poseer además conocimientos técnicos, métodos de implementación, parámetros, procesos, documentación interna, arquitectura, información comercial y otros conocimientos cuyo valor depende precisamente de que permanezcan reservados. Aquí aparece el secreto empresarial como complemento de la propiedad intelectual. Para un desarrollador, esto puede comprender desde una determinada arquitectura técnica hasta la forma concreta de entrenar un modelo, optimizar una base de datos, procesar información o resolver un problema de rendimiento.

También puede comprender información que no sería apropiado considerar patentable o que la empresa sencillamente prefiere mantener fuera de la divulgación pública.

La decisión entre publicar, registrar, patentar - cuando corresponda - o mantener bajo secreto una determinada solución tecnológica requiere análisis previo. Esto es importante porque la ley n.° 17.164, artículo 13, excluye expresamente de la materia patentable a los programas de computación considerados aisladamente. Eso no significa que toda innovación tecnológica vinculada con software sea jurídicamente irrelevante para el sistema de patentes. El software relacionado con creaciones patentables integra un conjunto que en el sistema de la ley n.° puede merecer el registro como patente de invención. Dependerá del caso. La cuestión debe analizarse según el objeto concreto de la invención y la forma en que se presenta.

Por otra parte, publicar información técnica puede afectar una eventual estrategia de protección mediante patente cuando existe una invención patentable vinculada al desarrollo. La divulgación también puede destruir o debilitar el carácter reservado que una empresa pretende atribuir posteriormente a determinada información.

Por eso, antes de presentar una aplicación, publicar un repositorio o realizar una demostración técnica ante terceros, conviene preguntarse:

a ¿qué estoy mostrando?

b ¿qué información necesito proteger?

c ¿qué información debe conocer el cliente?

d ¿qué información puede conocer un proveedor?

e ¿qué información debería quedar sometida a confidencialidad?

El contrato de confidencialidad - NDA - puede ser importante, pero no debería ser la única medida. La protección de información reservada requiere también medidas organizativas y técnicas razonables.

Un repositorio privado, permisos diferenciados, autenticación, control de accesos, políticas internas y documentación sobre quién puede acceder a determinadas partes del proyecto forman parte de la protección jurídica del activo.


Regla práctica

Antes de publicar código, documentación o arquitectura técnica, identificar qué parte del conocimiento es pública, qué parte está protegida por derecho de autor y qué parte tiene valor precisamente porque permanece confidencial. Luego, que se decida si darla o no a conocimiento público, pero a sabiendas del alcance de la decisión.



Imagen: https://publicdomainreview.org/collection/bracelli-s-bizzarie-di-varie-figure-1624/



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