Serie PI para desarrolladores de software – Diez post de PI #BibliotecaPIAplicada
Una aplicación puede funcionar perfectamente y, sin embargo, estar desde el punto de vista jurídico mal protegida, porque el software comercial no se agota en el programa.
Supongamos una aplicación denominada NOVA, con un logotipo determinado, una interfaz gráfica característica, ilustraciones, textos, sonidos, tutoriales, personajes y una página web. Allí pueden existir varios activos intelectuales diferentes.
El nombre o signo distintivo puede ser susceptible de protección marcaria. La ley n.° 17.011 define la marca como un signo con aptitud para distinguir productos o servicios de una persona física o jurídica de los de otra.
Elegir el nombre de una aplicación no debería ser una decisión exclusivamente de marketing. Antes de invertir en publicidad, desarrollo de identidad visual y adquisición de usuarios, conviene realizar una búsqueda de disponibilidad y analizar las clases correspondientes.
De todas maneras, marca y software son activos diferentes. Una empresa puede ser titular del código de una aplicación y no tener adecuadamente protegido su nombre comercial ni los signos que utiliza como sus marcas. También puede suceder lo contrario, que puede tener una marca registrada, pero carecer de documentación suficiente sobre la titularidad del código.
También la interfaz gráfica merece atención, el llamado “look & feel”. Los elementos visuales de una aplicación pueden estar vinculados con diferentes formas de protección según su naturaleza concreta: derecho de autor, diseño industrial, marca u otras figuras.
Un desarrollador que incorpora fotografías, música, tipografías, ilustraciones, videos o textos de terceros no adquiere automáticamente el derecho de utilizarlos comercialmente porque haya comprado una licencia de uso de una plataforma. Hay que revisar qué licencia fue adquirida, para qué territorio, durante cuánto tiempo y con qué finalidad.
La misma lógica se aplica a los recursos visuales utilizados para diseñar interfaces.
Por eso, una buena auditoría de propiedad intelectual de una aplicación debería incluir por separado elementos tales como:
a código;
b diseño;
c contenido;
d marca;
e dominio;
f bases de datos;
g documentación;
h componentes de terceros, entre otros que pudieran identificarse al caso concreto.
Cada activo puede tener un titular diferente y, además, requerir un mecanismo de protección diferente.
Regla práctica
Cuando se comercializa una aplicación, no hay que proteger solamente “el software”. Hay que construir un mapa de todos los activos intelectuales que hacen reconocible y explotable al producto.
Imagen: https://publicdomainreview.org/collection/bracelli-s-bizzarie-di-varie-figure-1624/

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