viernes, 4 de septiembre de 2020

El diseño gráfico Serie #ProtecciónDelDiseño #Diseño

El Diseñador gráfico y sus creaciones.


El caso del diseñador gráfico es muy similar al diseñador textil, en cuanto a que:

a) si sobresale el carácter ornamental de la creación, podrá protegerla como diseño industrial;

b) si se trata de una creación original, siempre podrá recurrir a la protección del derecho de autor;

c) para el caso de una creación gráfica que tenga función de signo distintivo, podrá ser protegido como marca.

Los tres institutos presentan diferencias salientes en cuanto a duración del derecho, tanto como a mecanismos de existencia del derecho y su costo.


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