martes, 3 de noviembre de 2026

Post 4 Traductores, ilustradores, fotógrafos y diseñadores, todos titulares de derechos de autor - 4 de 10



 Serie PI para editores de libros – Diez posts de PI #BibliotecaPIAplicada


Un libro puede parecer una sola obra desde el punto de vista del lector y ser, jurídicamente, una combinación de numerosas creaciones. Una novela traducida, por ejemplo, puede involucrar al autor original, al traductor, al diseñador de tapa o portada, al fotógrafo utilizado en la cubierta y eventualmente a otros creadores.

Para el editor, esto significa que contratar al autor principal puede ser indispensable, pero no siempre suficiente.


1 La traducción

La traducción autorizada de una obra preexistente puede constituir una creación protegida propia, sin que ello elimine los derechos sobre la obra original. Por eso, cuando una editorial publica una traducción, debe comprobar dos cosas diferentes: a que tiene derecho a utilizar la obra original; y b que tiene los derechos correspondientes sobre la traducción. El traductor no debería ser tratado simplemente como alguien que “entrega un texto”, pues es un creador cuya intervención puede tener relevancia propia.


2 Ilustraciones

Lo mismo ocurre con las ilustraciones. Si una editorial encarga ilustraciones para una obra infantil, un libro académico o una edición especial, debe determinar contractualmente qué derechos recibe sobre esas imágenes. Hay una serie de interrogantes propias del caso en que hay ilustraciones en el libro que se trate, tales como las siguientes.

¿Puede utilizarlas solamente en ese libro?

¿Puede utilizarlas en una nueva edición?

¿Puede reproducirlas en publicidad?

¿Puede venderlas separadamente?

¿Puede utilizarlas en merchandising?


3 Fotografías

Las fotografías tienen un titular de derechos en la persona del fotógrafo, pero requieren una doble mirada cuando aparece una persona retratada. Por un lado, puede existir un derecho sobre la fotografía. Por otro, puede existir una cuestión vinculada con la imagen de la persona retratada. La Ley N.º 9.739 contiene reglas específicas sobre retratos y exige, en determinados supuestos, consentimiento para su puesta en comercio. Por eso, “la foto estaba en Internet” nunca debería ser considerado un título suficiente para publicarla.


4 Material encontrado en Internet

Internet no es un banco universal de imágenes libres. Que una fotografía, ilustración, mapa o gráfico sea fácilmente descargable no significa que pueda reproducirse en una publicación comercial. El editor debería conservar evidencia respecto de quién autorizó el uso, bajo qué licencia, para qué finalidad, durante cuánto tiempo, en qué territorio, con qué obligación de atribución.


5 El principio de la cadena de titularidad

En mercados editoriales profesionales resulta útil pensar en términos de cadena de titularidad.

La pregunta punto de partida es la siguiente: ¿puedo reconstruir documentalmente de dónde viene cada derecho que necesito para publicar? Si la respuesta es afirmativa, el editor tiene una posición mucho más sólida. Si la respuesta es “creemos que alguien nos autorizó”, existe un riesgo innecesario. Mejor no tomarlo.


Archivo editorial de derechos

Cada obra debería tener, idealmente, una carpeta de derechos o de antecedentes en soporte digital o soporte papel, donde se conserven documentos tales como contrato con el autor, contratos con traductores, contratos con ilustradores, autorizaciones fotográficas, licencias de imágenes, autorizaciones para textos de terceros, permisos de reproducción, comunicaciones relevantes.


Checklist

Antes de culminar la adquisición de derechos por un libro hay que tener resuelta la respuesta a los siguientes interrogantes.

¿Quién creó cada elemento?

¿Quién es su titular?

¿Existe autorización escrita?

¿Qué usos comprende?

¿Hay restricciones territoriales?

¿Hay obligación de atribución?

¿La autorización permite reutilización?

¿Se conservó documentación suficiente?




Biblioteca de Propiedad Intelectual Aplicada:

https://derechocomercialbeatrizbugallo.blogspot.com/p/biblioteca-de-propiedad-intelectual.html





Fotografía: Palacio Nacional, Sintra, Portugal. © Beatriz Bugallo, 2016




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