Desde el año 2009 está tramitándose en el Uruguay la posibilidad de ser parte del Tratado de Singapur sobre Derecho de Marcas, su Reglamento y Resolución suplementaria, posterior de implementación. Silenciosamente, ha venido avanzando.
Para el día de hoy, 12 de marzo de 2019 (citación 267), está incluido el punto en el Orden del Día de la Cámara de Representantes (Diputados). Según he visto de la ficha legislativa es la primera vez que llega el tema a nivel de planteo de plenario en una de las cámaras legislativas nacionales.
Como este es el año final de la legislatura actual, sinceramente, no tengo expectativas de que dé el tiempo de pasar a la otra cámara, a la comisión correspondiente, se informe, entre a Plenario de Senadores y se apruebe... Ojalá me equivoque y haya voluntad política para dejarlo aprobado antes que termine el ciclo. No creo que sea un tema que complique políticamente ningún interés partidario, al punto que haya razones para que no se tome en cuenta en un año electoral (que siempre es delicado en cuanto a temas de aprobación legislativa).
Recordamos que el Tratado de Singapur sobre derecho de marcas consagra una serie de aspectos básicos de derecho de marcas, conceptos base para aplicación nacional y de garantías operativas en registro y ejercicio de derechos subjetivos de los titulares.
Es una evolución del texto aprobado sobre Derecho de marcas en el 1994, el TLT, al cual supera en factibilidad de aplicación. En realidad, desde nuestra perspectiva nacional, no implica cambios sustanciales en la ley aplicable que se encuentra conceptualmente acorde. Sí favorece la comunicación y armonización entre oficinas, y otros aspectos adjetivos de registro (no aspectos de garantías de derechos, que están satisfechos en el ordenamiento uruguayo), por lo que está bueno integrar el Sistema de Singapur.
Este Tratado fue adoptado en el 2006 y en el 2009 entró en vigor. Es creciente su vigencia internacional.
LINK a carpeta legislativa:
https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/D2018110114-005323582.pdf
LINKs a Tratado
https://www.wipo.int/publications/es/details.jsp?id=332&plang=ES
https://www.wipo.int/treaties/es/ip/singapore/
Dejamos a continuación:
1 Transcripción del anterior pasaje para informe en Cámara de Representantes.
Diario de Sesiones de la CÁMARA DE REPRESENTANTES
NÚMERO 4206 MONTEVIDEO, JUEVES 22 DE NOVIEMBRE DE 2018:
“La Comisión de Asuntos Internacionales se expide sobre los siguientes proyectos de ley:
• por el que se aprueba el Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas, su Reglamento y la Resolución de la Conferencia Diplomática Suplementaria al Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas y su Reglamento.
C/161/010 ”
2 PrintScreen del Orden del Día de HOY.
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martes, 12 de marzo de 2019
Avances en Uruguay: Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas
Etiquetas:
derecho de marcas,
Tratado de Singapur,
Uruguay
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Excelente noticia!!
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