Queda acá el link para acceder al PPT en el cual me basé para la presentación en el IV Congreso de Derecho Comercial del Litoral, 2025. Se agrega material complementario que fue mencionado durante la exposición. ¡Fue un gusto participar!
https://drive.google.com/file/d/1jfnMqZEzSc1l_79xMR7eFH-Po_XWkEkK/view?usp=sharing
Material complementario a la exposición.
ETAPAS, primeros años de la evolución de la Etapa I
Letwin, W. (1965) Law and economic policy in America; the evolution of the Sherman antitrust act.
https://archive.org/details/laweconomicpolic0000letw
ETAPA I
Frase clave: “No hay lugar en una democracia para poderes privados que rivalicen con el Estado.” (Thorelli)
Thorelli, H. (1959) The Federal Antitrust Policy. Origination of an American Tradition.
Baltimore. The Job Hopkins Press.
ETAPA II
Autor clave (entre tantos otros de importantes contribuciones): Bork, R. H. (1978). The Antitrust Paradox: A Policy at War with Itself. Basic Books.
https://archive.org/details/antitrustparadox00bork
Otros autores: Areeda & Turner, Posner (AED) ...
ETAPA III
Fundamental: Ezrachi, A., & Stucke, M. (2016). Virtual Competition: The Promise and Perils of the Algorithm-Driven Economy. Harvard University Press.
No está free online, pero hay varios artículos de open access de los que surgen muy claros sus conceptos.
Tim Wu es un autor ineludible para las reflexiones actuales, particularmente desde uno de sus libros más difundidos, que tampoco conozco que esté freeonline, pero que también tiene diversos artículos en open access y comentarios sobre sus opiniones que facilitan el acceso a sus contribuciones:
Wu, Tim (2018). The Curse of Bigness: Antitrust in the New Gilded Age. Columbia Global Reports (ISBN 978-0-9997454-6-5)
Sobre temas de DEBATE:
1 OCDE y los planteos sobre la influencia de las corporaciones en la elaboración de la política de competencia.
“The roundtable revealed that:
Corporate engagement is beneficial — Corporate actors can offer valuable insights and market expertise that enhance policy relevance and effectiveness.
The line isn’t always clear — Distinguishing between undue influence from legitimate engagement is challenging, however, factors such as transparency, balance, intent, and public perception can be a starting point.
Influence mechanisms can vary — While engagement mechanisms are not inherently negative, undue influence can occur through these mechanisms and be overt, subtle and strategic.
A thoughtful combination of safeguards are essential — A set of responses should be used, however it is important to ensure they are proportionate and not suppress legitimate engagement and its benefits.
More dialogue is needed — This is a nuanced and context-dependent issue. Sharing practices helps competition authorities build resilient and trusted policymaking processes.”
LINK a posiciones de la Mesa Redonda del junio/2025 https://www.oecd.org/en/events/2025/06/corporate-influence-in-competition-policymaking.html
Documento: OECD (2025), “Corporate influence in competition policymaking”, OECD Roundtables on Competition Policy Papers, No. 322, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/4f19edd4-en.
2 Sobre sostenibilidad y libertad de competencia, agrego el mencionado link a las ideas clave de una exposición del 2021 que dejé resumidas en este Blog.
“Sostenibilidad y Libertad de competencia”
El siguiente es el artículo incluido en el Proyecto de Ley de Presupuesto 2025 que también mencioné durante la exposición: “Artículo 151.- Declárase que, con el objetivo de promover un crecimiento económico sostenible y equitativo, el Ministerio de Economía y Finanzas promoverá que en la adopción de decisiones de política económica, se considere el potencial impacto ambiental de las mismas.
A tales efectos, en las áreas de política tributaria, promoción de inversiones, gestión de deuda, estrategia comercial, política presupuestal y demás competencias del Ministerio de Economía y Finanzas, se integrará en el análisis la consideración de los posibles efectos sobre las distintas dimensiones ambientales.”
Expandiendo la necesidad de contemplar los temas de sostenibilidad a niveles propios del Derecho Comercial.
¡¡Y me “auto propongo” para actualizar y profundizar Sostenibilidad y Defensa de la Competencia para el Congreso de Derecho Comercial del Litoral del 2026!!,

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