miércoles, 18 de julio de 2018

¿A qué llamamos Inteligencia Artificial?

Hoy escuchamos este concepto cada vez con más frecuencia en el mundo jurídico. Hace rato que lo vivimos, que nos rodean soluciones de las llamadas Inteligencia Articial o, al menos, que tenemos noticia de su aplicación para nuestra vida. Iniciamos explicando su noción, luego – en sucesivos posts - iremos planteando problemas desde el Derecho.

Inteligencia Artificial (se una la sigla IA, en español, pero sobre todo AI, Artificial Intelligence, en inglés), hace referencia a aplicaciones informáticas que se diseñan para tomar opciones, para reaccionar tecnológicamente simulando la capacidad humana de decidirse, cambiar, adaptarse.

Más técnicamente se trata de los algoritmos de programas informáticos – aplicados a determinado hardware – y que simulan el modo de funcionamiento del cerebro humano. Esa “imitación” consiste en que el software “percibe” cambios de su entorno y va modificando la respuesta o la reacción, en consecuencia.

El concepto como tal no es nada nuevo. Se introdujo en 1956 por John McCarthy, un informático norteamericano, en una conferencia prospectiva sobre temas de computación. Fue impactante y se difundió rápidamente por su eficacia. Cabe destacar que ya en esa época McCarthy presentó toda una serie de conocimientos y líneas de acción al respecto... De todas maneras, poniéndonos a buscar en lo más remoto de la Historia, es claro que la idea de que las máquinas hicieran por sí cosas, que cumplieran conductas se pueden encontrar en la fantasía del origen de la Ciencia, en la Antigua Grecia. Así como en obras programáticas de genios como Ramón Llul, en el siglo XIV. No obstante, es claro que la concreción que hizo surgir esta realidad que nos rodea se puso en camino con el desarrollo de la Informática.

Por supuesto que no se trata de una “máquina más capaz”... sino de seres humanos que han evolucionado tecnológicamente y ahora pueden elaborar mecanismos informáticos de adaptación. De todas maneras, la expresión es interesante. Se concentra en esa imitación de actitudes reactivas humanas.

No existe una programación de “Inteligencia Artificial general”, sino IA especializada, digamos. Me refiero a que hay soluciones, incluso muy complejas, pero definidas para sectores o reacciones específicas.

Según han distinguido Stuart Russell y Peter Norvig, autores de uno de los libros significativos en la materia (“AI: a modern approach”), la inteligencia artificial puede presentarse según la siguiente clasificación de sistemas:

1 sistemas que piensan como humanos, que tratan de imitar el pensamiento humano; instrumentan redes neuronales artificiales, toma de decisiones, resolución de problemas y aprendizaje; por ejemplo cuando salen programas que responden preguntas sobre aplicación del Derecho;

2 sistemas que actúan como humanos, que buscan imitar sus comportamientos; es la robótica, la sustitución de tareas humanas por máquinas;

3 sistemas que pretenden desarrollar pensamiento razional, una programación con planteo lógico; vendrían a ser los sistemas expertos, de cálculos, pero cuyo punto de partida está en la percepción del contexto;

4 sistemas de actuación racional, que vendría a ser el ideal de esta programación; serían artefactos que desarrollan conductas inteligentes.

Realmente, el abanico de desarrollo es enorme.


Otros LINKS:
Stuart Russell and Peter Norvig, “AI: a modern aproach”, libro referente para el tema.
Tabla e contenidos, aquí: http://aima.cs.berkeley.edu/contents.html

Sobre Norvig, con mucha información, también ver:
http://norvig.com/

Otra página con links:
http://aima.cs.berkeley.edu/ai.html#best

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