"A su vez, las publicaciones pueden generar sanciones económicas si no cumplen con la normativa. El jerarca explicó que la pena se le aplica al proveedor del producto o servicio, es decir, a la empresa. Pero, si no se la encuentra, la multa recae sobre la persona que subió el contenido a la plataforma.Las multas pueden llegar a las 4.000 unidades reajustables (unos $ 5.159.200) y el piso es de 100 unidades reajustables (unos $ 128.980). Como la publicidad se realiza a través de las redes sociales, por ser un medio masivo Defensa del Consumidor considera la acción como “grave”."
La tecnología nos permite llegar mucho más allá, como nunca antes en la Historia. Quedan acá opiniones sobre temas jurídicos, noticias que entienda interesantes, así como Manuales de estudio, Guías de clase y otros materiales de Derecho de mi autoría. Mis derechos como autora quedan reservados. Autorizo reproducción de archivos de este Blog exclusivamente para uso personal, no comercial. BLOG EXCLUSIVAMENTE ACADÉMICO.
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domingo, 22 de noviembre de 2020
Influencers y su régimen legal en Uruguay
viernes, 20 de noviembre de 2020
Francisco Reyes Villamizar, "Derecho Societario", 4a Edición
sábado, 14 de noviembre de 2020
Tatuajes de los personaje reales en los Videojuegos y DA
"As to whether the copyright in the tattoos on a real person is infringed where that person is reproduced digitally in a computer game, one might look to the case of the Football Association Premier League v Panini, where the England football team’s logo was reproduced on football sticker albums without permission. In that case, the court held that there was no copyright infringement because the inclusion of the artistic work was OK under the UK’s fair use doctrine, found in s.31 of the Copyright Designs and Patents Act 1988 for “incidental inclusion”. Similarly, an English court might say that a tattoo that does not feature prominently as part of any gameplay benefits from this exception."
viernes, 13 de noviembre de 2020
Richard Susskind: la sabiduría de siempre, sobre el trabajo de los Abogados
Sobre la misma, Susskind considera que la mayoría de las predicciones a corto plazo que se hacen sobre la IA exageran enormemente su impacto, mientras que la mayoría de las predicciones a largo plazo la subestiman en gran medida.
Por ello, en su opinión, la IA no transformará el mundo del derecho para el año que viene, pero sin duda sí lo hará para 2030, porque “estamos asistiendo a la aparición de lo que yo denomino "sistemas cada vez más capaces", sistemas que están asumiendo muchas de las tareas que anteriormente pensábamos que solo podían realizar abogados”. En sus palabras “creo que veremos cómo la IA ayudará fundamentalmente a lograr los resultados que los clientes quieren de una forma totalmente nueva y diferente”.
Y aunque muchos abogados afirman que la IA no podrá reemplazarlos porque ellos son creativos, imaginativos, y ninguna máquina puede ser ninguna de estas cosas, Susskind advierte que las máquinas no necesitan ser creativas o imaginativas porque su trabajo es procesar enormes cantidades de datos con algoritmos inteligentes, en una tarea en la que pueden superar incluso a los mejores expertos humanos.
Todo ello nos aleja del viejo enfoque monolítico, según el cual solo un bufete de abogados puede realizar las tareas jurídicas. La realidad es que muchos proveedores pueden participar en la ejecución de una solución en un caso u operación en concreto, ofreciendo diferente nivel de conocimiento y pericia, facturable de una manera diferente.
miércoles, 11 de noviembre de 2020
Oficina norteamericana de Copyright y registro de "breves obras literarias on line"
lunes, 9 de noviembre de 2020
Banksy y los derechos de autor en el anominato
La opción por la identificación y la vinculación del nombre personal del autor a la obra es personal.
Es decir, si el autor quiere la puede realizar y reclamar, pero está en su derecho en caso que no quiera hacerlo. Se suele llamar eso, precisamente, derecho al anominato, como contracara al derecho moral de paternidad de la obra.
Ello no significa renuncia al ejercicio de los derechos de autor. De ninguna manera. Es una opción de cómo se van a ejercer a la que tiene derecho. Como también es una opción proclamar que no permite el aprovechamiento comercial de terceros.
Pero ¿cómo se ejercen los derechos de un autor "anónimo" por opción personal?
Hay un editor que lo conoce. Y a través de su gestión se puede ejercer los derechos en el ámbito que dicho autor entienda.
Eso hace Banksy.
El tema de la marca que tenía registrada en la EUIPO y su anulación, estrictamente tiene que ver con un cuestionamiento del uso correspondiente al registro.
En cuanto a la actitud que han tenido con él, podrá ser también que mucho de la reacción tenga que ver con las contrarias manifestaciones frente a la propiedad intelectual que han hecho.
De todas maneras, es claro que si un autor de anonimato voluntario puede ejercer algún tipo de control sobre su obra es gracias a, fundamentado en, el sistema de derecho de autor. Porque ni para rechazar cobrar o prohibir que otros haga lo que quiera con la obra de un autor, se puede desconocer o despreciar la vigencia de los derechos de autor.
Este es el LINK de la Oficina de Banksy, "guardián del artista Banksy", de donde copio la ilustración de este blog con las condiciones de uso de sus propias obras:
https://pestcontroloffice.com/
En este LINK se explica muy bien la situación en cuanto a derechos y marca:
Antonio Iglesias Vázquez, para La Voz de Galicia, "Banksy y su Oficina de control de plagas"
LINKS especialmente sobre el tema marcario:
https://www.bbc.com/news/entertainment-arts-54189113
https://www.lexology.com/library/detail.aspx?g=577f9bfa-7eb7-4809-805f-6c2748354a14
Sobre el secreto comercial y su necesaria determinación
domingo, 8 de noviembre de 2020
El País: Los errores más comunes al realizar las transferencias bancarias
“Las instituciones de intermediación tienen un régimen muy particular de atención a los reclamos de consumidores financieros y deberán darle respuesta en un plazo determinado, por escrito o por vía telefónica en el caso de que tengan medios de grabación”, explicó Wilson.
Si la respuesta no es satisfactoria, es decir, si la persona que realizó una transferencia en forma errónea no recibe una respuesta satisfactoria (ya sea porque la institución considera que no tiene razón o por otros motivos), la institución de intermediación financiera “deberá expresar los motivos en su respuesta e informarle a la persona que puede recurrir a la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU a hacer la denuncia correspondiente”, detalló la abogada."
viernes, 6 de noviembre de 2020
El País: La Justicia llega a realizar hasta 7.000 pedidos de información al Banco Central por año
miércoles, 4 de noviembre de 2020
XIV CODAIP - Mesa 4.1 Direito Autoral em tempos de COVID-19
lunes, 2 de noviembre de 2020
Mesa redonda: “Propiedad intelectual y pandemia. Lecturas críticas desde...
Participaron: Marcos Wachowicz (GEDAI-UFPR), Beatriz Bugallo (Universidad de la República de Uruguay) y Sol Terlizzi (FLACSO Argentina).
Fecha: 22 de octubre de 2020.