La Competencia Desleal es un sector del Derecho de la Competencia que se refiere a la realización de actos o conductas que perjudican a los competidores en el mercado sobre la base de la existencia de deslealtad y objetivos desleales en tales actos.
No alcanza con que un competidor “dañe” a otro para que se trate de competencia desleal: se habla del daño lícito concurrencial, reconociendo que si por la eficiencia en competir, sea por precio u otras condiciones de la puesta en el mercado, un competidor gana más en desmedro de otro, no hay posibilidad de reclamo por ilicitud por parte del competidor que ve disminuida su ganancia o clientela.
Las prácticas desleales pueden ser llevadas a cabo por empresas, personas físicas o incluso por asociaciones empresariales.
La competencia desleal está prohibida expresamente por la ley en la mayoría de los países, ya que tiene un impacto negativo en el funcionamiento del mercado. Puede instrumentarse la prohibición por medio de una clausula general que define el acto prohibido, tanto como por la enunciación de actos desleales usualmente a modo de enumeración no taxativa. Generalmente hay una combinación de ambos.
La competencia desleal puede conducir a la eliminación de competidores, al aumento de los precios y a la reducción de la elección para los consumidores. Sin embargo, estos mismos objetivos pueden lograrse sin que haya deslealtad en el mercado: esa es la competencia libre y de acuerdo a las reglas de los usos honestos, de la buena fe o como sea que se caracterice en los distintos derechos.
Existen varios tipos o manifestaciones de competencia desleal, entre los que se incluyen – entre tantos -:
a publicidad engañosa, que consiste en hacer afirmaciones falsas o engañosas sobre un producto o servicio;
b deslealtad indirecta, que consiste en realizar actos que perjudican a un competidor sin atacarlo directamente; es el caso de una empresa podría bajar los precios de sus productos para expulsar a un competidor del mercado;
c violación de secretos comerciales, que consiste en obtener o utilizar información confidencial sin el consentimiento del propietario;
d uso de marcas registradas sin autorización: consiste en utilizar una marca registrada que pertenece a otra empresa.
En el derecho anglosajón se la conoce como “Unfair competition”, reproduciendo conceptualmente las ideas generales de su caracterización en el Derecho de base latina.
Imagen: Forest Road,
Jan Looten, 1650-1674
https://www.rijksmuseum.nl/en/collection/SK-A-48
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