lunes, 15 de enero de 2018

¿Por qué no hay Derecho Comercial en Roma Antigua?

Como otros veranos también me di el gusto de leer algunos libros históricos clásicos, especialmente gracias a que hoy uno encuentra taanto original en Internet. Al libro que más dediqué fue “Sobre los Deberes”, de Cicerón. Ya haré algún comentario más preciso respecto de alguno de los conceptos.

Mientras leía buscaba algún párrafo, algún tema propio del Derecho Comercial para tomarlo como eje de alguna reflexión... No encontré. Claro. Los romanos, aún con toda su genialidad y sabiduría, no reconocieron la necesidad de normativa específica en torno a la actividad comercial. Y no porque fuera algo desconocido o porque no fuera fundamental en su economia..

El comercio, el intercambio especulativo de mercaderías, existe en la Historia desde mucho antes de que se entendiera su importancia o de que se analizara como fenómeno social y económico. Existe también muchísimo antes de que se lo regulara en razón de las particularidades de la actividad y de que sus operadores se reconocieran como “profesionales” del oficio.

Los fenicios ya habian profundizado en el arte y en la técnica del comercio, aunque en la Antigua Grecia los filósofos más importantes no supieron ver la dinámica social que representó (Sócrates, Platón y Aristóteles estuvieron absolutamente distantes de esta actividad...).

En la Antigua Roma la visión política centralizada en Roma dividió a su población, a su sistema de Justicia y a las reglas de su vida, en torno a la circunstancia de ser romanos o bárbaros. A pesar de ello, en Roma la manera más rápida de adquirir prosperidad material era dedicándose al comercio, ya sea mediante la colocación del exceso de producción, como emprendiendo la aventura marítima mediante la inversión en el traslado de mercaderías a sitios más lejanos.

La Paz romana en el siglo II se impuso y permitió que el Imperio fuera el marco para que el transporte marítimo y terrestre surcara las vías de comunicación, como un signo – también – de cultura de la civilización y el Poder de Roma. Fue – indican los historiadores – tiempo del máximo apogeo comercial de Roma. Granos, vinos, aceite de oliva... entre tantos productos alimenticios y suntuarios surcaban los mares en uno y otro rumbo. Llegó más allá de las extensas fronteras del Imperio, entrando más allá de los puertos africanos, también a India, China.

Las creencias religiosas precristianas (previas también a la expansión del cristianismo luego de Constantino, aprox 300 DC en adelante...) identifican a Mercurio como el dios de los mercaderes. El comercio en Roma fue motor principal de la Economía y uno de sus brazos de expansión como sociedad.

Sin embargo... no resultó evidente en su tiempo como la actividad moviliadora, no fue destinatario como actividad del pensamiento estratégico normativo romano. NO SE PUEDE HABLAR PROPIAMENTE DE UN DERECHO COMERCIAL ROMANO.

Muchos se han preguntado por qué, muchos han procurado responder esa pregunta.

El temperamento predominante en las etapas más destacadas de Roma condujo a su gente por otros temas que centralizaron su vida. Sucesivamente debió dedicarse preferentemente a las armas (hasta la caída de Cartago), a gestionar la “herencia” que venían dejando los pueblos vencidos (hasta el fin de la República), finalmente fue receptora del movimiento comercial, sin incidir o conducir su desarrollo (hasta finales del propio Imperio Romano de Occidente).

No decimos que haya sido indiferente, realiza numerosas obras de infraestructura de comunicaciones, regulación del tránsito marítimo, puentes, puertos, promovió una flota bien mantenida, necesitaba disponer de alimentos en gran volumen para distribuir al pueblo, gustaba del lujo de manera que promovió intercambio de productos suntuarios muchas veces de lugares alejados... pero no valoró debidamente la actividad. Los patricios tenían prohibido ejercer el comercio como profesión (ley flaminia) que quedó pues relegada a “clases sociales inferiores”...

Vargas Vasseros resume las cuatro razones principales que a su entender explican que no haya existido Derecho Comercial en el Derecho Romano de la siguiente forma.
“Son cuatro las principales razones argumentadas para explicar la carencia de un Derecho especial para las instituciones privadas del comercio en Roma: la falta de una ordenación corporativa mercantil ; que el Derecho romano no llegó a culminar en un Derecho internacional del comercio; que la economía de Roma estaba marcada por el trabajo de los esclavos, que eran los que realizaban las compras y despachaban en las tiendas, por lo que una legislación mercantil era considerada en muchos aspectos como superflua; y la más aceptada, que la perfección y adaptabilidad del Derecho Romano, con una inestimable ayuda del pretor en la labor renovadora del Derecho (que a través de sus edictos crea el ius honorarium) y de el ius gentium (que satisfacía las exigencias internacionales a las que respondió en sus orígenes el Derecho mercantil), hizo innecesario un Derecho especial separado del privado general” (“La evolución histórica del derecho mercantil y su concepto” Carlos Vargas Vasserot, se encuentra on line, consultado el día de hoy)

Huvelin (1), el investigador y escritor clásico sobre Derecho Romano, que tantos juristas contemporáneos ha formado, explicaba que Roma no generó un Derecho particular al Comercio, un Derecho Comercial, porque a medida que se expandía los negocios con otros pueblos los conquistaba y se iba aplicando así – también en expansión – su Derecho interno. Parte de la base de que el Derecho Comercial se origina en las relaciones “internacionales” o “inter-naciones”... por lo que no se podía dar en la creciente expansión territorial romana, el marco adecuado para la existencia de un Derecho que regulara la actividad comercial.

Todas estas razones explican nuestra interrogante, convergiendo en una razón general, muy humana. Las leyes las hacen los hombres, siguiendo sus prioridades circunstanciales que, con el devenir del tiempo, se definen como “prioridades de su tiempo”. Nunca lo fue ocuparse de regular el comercio. ¿Acaso fue una opción por “no intervenir”? ¿Entendieron que no era necesario porque así funcionaba bien? Expresamente no hay documentos que así lo permitan entender.

Sea el poder normativo, los aplicadores del Derecho o la costumbre... en épocas del Imperio Romano tenían una visión prioritaria diversa del análisis del fenómeno económico comercial y su regulación. Ni siquiera las necesidades de imposición tributaria le permitieron verlo.

Tan sencillo como eso.

En definitiva... como ya dijera Jiménez de Parga (2), en la línea histórica de la evolución del Derecho Comercial Roma Antigua, el Derecho Romano, viene a ser la Prehistoria. No había “escritura” de normas calificables como Derecho Comercial en ese sistema jurídico y político tan organizado. A pesar de ellos es indudable que el aporte del Derecho en negocios y bienes, así como en el concepto original de sociedad y fideicomiso han marcado también al Derecho Comercial.

NOTAS:
(1) HUVELIN, Études de droit commercial romain, vol. I, Paris,. 1929 . En este libro, que fue publicado luego del fallecimiento de Huvelin, se encuentran un conjunto de ensayos y artículos sobre el tema.
(2) JIMÉNEZ DE PARGA, «Condicionamientos históricos del Derecho Mercantil en la fase inicial de su formación», en Estudios homenaje a Rodrigo Uría, Madrid, Civitas, 1978, p.320.




ALGUNOS LINKs para leer más sobre algunos aspectos del tema.
Sobre las vías de comunicaciones romanas
http://www.tarraconensis.com/rutas/viascomercio.html
Aspectos jurídicos de la actividad comercial en Roma y los “tituli picti”, Ángel Gómez-Iglesias Casal, Universidad de Santiago de Compostela
http://www.scielo.cl/pdf/rehj/n32/a02.pdf
"Antecedentes de las sociedades mercantiles en derecho romano”, Sara Bialostoski,
https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-facultad.../23915
Mediación y mediadores en el tráfico jurídico romano. - Dialnet
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/301683.pdf

Fotos de Taberna Romana en Erculano y del Mercado Trajano, una de las tantas infraestructuras para la actividad comercial que se podían encontrar en las ciudades de la Antigua Roma o en demás ciudades de su Imperio.

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